El Plan Básico de Salud, en palabras llanas, es el seguro médico que ampara a tus colaboradores y sus dependientes. Tan simple como eso.
Toda tu gente tiene derecho de afiliarse al Plan Básico de Salud, independientemente de su estado de salud, edad o sexo.
Tus colaboradores tienen el derecho de elegir la Administradora de Riesgos de Salud (ARS) a la cual desean afiliarse.
Los afiliados que entran por primera vez al Plan Básico de Salud tendrán 10 días para seleccionar una ARS, en caso contrario el sistema le asignará una de manera automática.
La elección de la nueva ARS debe realizarse antes de que sea realizado el pago a la Tesorería de la Seguridad Social.
Tus colaboradores tienen el derecho de hacer un cambio de ARS, ahora bien para ellos deberán tener:
El costo del Plan Básico de Salud es un porcentaje del salario cotizable, tú deberás aportar el 7.09% y tu colaborador el 3.04%.
El tope cotizable $134,820.00, equivalente a 10 salarios mínimos nacionales. Esto quiere decir que tienes si tienes a alguien en nómina con un salario mayor sólo deberán pagar hasta ese monto.
En adición a tus trabajadores, el Plan Básico de Salud cubre a sus dependientes directos mediante el mismo aporte.
Los dependientes directos son el cónyuge, casados o emancipados, hijos menores de 18 años y hasta 21 años, si son estudiantes a tiempo completo.
Los hijos con capacidades especiales, la ley los define como discapacitados, podrán permanecer de por vida en el Plan Básico de Salud.
Si tu colaborador desea incluir a sus padres, suegros o hijos mayores de 21 años puedo hacerlo pagando una prima adicional de 1,167.81 pesos mensuales.
Para incluir por primera vez a tus colaboradores y sus dependientes en el Plan Básico de Salud es necesario que les solicites:
Tu personal pensionado tiene las mismos beneficios que los activos y la cobertura se mantendrá independientemente de su edad y estado de salud.