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El Comité de Naciones Unidas contra la Desaparición Forzada ha dejado claro que ninguna circunstancia excepcional, incluso ésta originada por el Covid-19, puede ser invocada como una justificación para que haya un ambiente permisible para que se cometan desapariciones y que incluso en estos escenarios, la búsqueda y la investigación del paradero de personas desaparecidas se debe de llevar sin retraso.