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Cuarto episodio del Podcast del Poder Judicial de Salta y segunda entrega dedicada al Grooming. En este caso Fredi Aprile, de Redes y Seguridad de la Secretaría Informática del Poder Judicial de Salta brinda algunas recomendaciones de seguridad frente al Grooming.

Desde 2013, por Ley 26.9043, el Grooming está incorporado al Código Penal como artículo  131: "Será  penado  con  prisión  de  seis  (6)  meses  a  cuatro  (4)  años  el  que,  por medio de comunicaciones electrónicas, telecomunicaciones o cualquier otra tecnología de transmisión  de  datos,  contactare  a  una  persona  menor  de  edad,  con  el  propósito  de cometer cualquier delito contra la integridad sexual de la misma."