Cuarto episodio del Podcast del Poder Judicial de Salta y segunda entrega dedicada al Grooming. En este caso Fredi Aprile, de Redes y Seguridad de la Secretaría Informática del Poder Judicial de Salta brinda algunas recomendaciones de seguridad frente al Grooming.
Desde 2013, por Ley 26.9043, el Grooming está incorporado al Código Penal como artículo 131: "Será penado con prisión de seis (6) meses a cuatro (4) años el que, por medio de comunicaciones electrónicas, telecomunicaciones o cualquier otra tecnología de transmisión de datos, contactare a una persona menor de edad, con el propósito de cometer cualquier delito contra la integridad sexual de la misma."