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NUEVO DECRETO PUBLICADO HOY EN RELACIÓN A LAS MEDIDAS DE PREVENCIÓN DE LA COVID19. 

El único apartado modificado es el siguiente: 

Apartado 13 del artículo 3 del Decreto 33/2021, de 7 de julio,

«Se determina el deber de no formar parte de encuentros, fiestas o eventos, ni en exteriores ni en interiores, que representen aglomeración de personas sin aplicación de los protocolos y medidas preventivas en vigor. Se determina la imposibilidad de permanencia en grupos de personas no convivientes o en aglomeraciones de personas, durante la franja horaria que va de las 00:00 horas a las 06:00 horas, en los parques, jardines, playas, zonas deportivas, pistas de patinaje (skating) o espacios de uso público al aire libre similares, así como en espacios públicos correspondientes a puertos y paseos marítimos, pudiendo en cualquier caso usarse dichos espacios para el mero tránsito o para sus propios usos profesionales o económicos. Corresponde a los Ayuntamientos y, en su caso, a las Administraciones competentes la ordenación de dichos espacios.»

Es decir, queda prohibida la permanencia de grupos de personas en lugares públicos desde las 00:00 horas a las 6:00 horas. También quedan prohibidos botellones y fiestas tanto en interiores como exteriores.