El Régimen Representativo también es conocido con el nombre de democracia indirecta o representativa, una vez que se da de manera diferente a aquella que fue presenciada en la Antigua Grecia, donde prevalecía la democracia directa. Según Ferreira (1958), el régimen representativo es el “sistema en el que el pueblo gobierna a través de agentes políticos elegidos por la propia comunidad”. De esta manera, el pueblo, a través de un proceso electoral previamente establecido, elige a los agentes políticos que lo representen.
Félix y Pereira (2004) afirman que estos agentes políticos electos tienen un mandato provisional y que, durante del mismo, deben cumplir con las expectativas de los votantes y
representar la voluntad de la nación. Para los autores, desde el punto de vista jurídico, el régimen “se basa en la presunción legal de que las manifestaciones de la voluntad de determinadas personas tienen la misma fuerza y reproducen los mismos efectos como si emanaran directamente de la nación”.
Para Ferreira (1958), esta forma de régimen se formó en Inglaterra alrededor del siglo XIII. Sin embargo, el esquema sólo pasó por un proceso de universalización en los países democráticos unos 500 años después, a partir del siglo XVIII, cuando, en 1787, la Constitución de los Estados Unidos aprobó un Congreso formado por dos cámaras, el Senado y la Cámara de los Representantes o Diputados.
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Definição por Jeanne Helena Delava de Oliveira e voz por Jessica Natasha Ortigoza Molina, que são graduandas de Relações Internacionais e Integração na Universidade Federal da Integração Latino Americana (UNILA). // Trabalho apresentado como requisito para obtenção de créditos na disciplina de Teoria Política Moderna no período 2021.9 ministrada pela docente Renata Peixoto de Oliveira.