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La Universidad del Atlántico designó, este miércoles 22 de marzo, decanos de ocho facultades de la institución.

El proceso se desarrolló en el marco de un ejercicio democrático, en el que participaron 61 aspirantes, de los cuales 31 cumplieron con las exigencias requeridas para dirigir las facultades por un periodo de tres años.

En ese orden de ideas, los nuevos decanos designados por el Consejo Superior son:

Arquitectura: Raúl Pérez Arévalo, Arquitecto, Magister en Urbanismo y Desarrollo Territorial.

Bellas Artes: Juan David González Betancur, Maestro en Arte Dramático, Magíster en Literatura.

Ciencias Básicas: Karina Isabel Castellanos Romero, Bióloga, Magister en Ciencias Ambientales, Doctora en Ciencias Biológicas.

Ciencias Económicas: Jairo Antonio Contreras Capella, Abogado, economista y contador público, Magister en Administración de Empresas, Doctorado en Educación, Derecho y Ciencias Económicas.

Ciencias Humanas: Dalín De Jesús Miranda Salcedo, Licenciado en Ciencias de la Educación, Magíster en Historia.

Ingeniería: Yussy Cenit Arteta Peña, Ingeniera Civil, Magister en Ingeniería Civil, Doctora en Ciencias Técnicas.

Nutrición y Dietética: Aleida Inés Parra Castillo, Magíster en Seguridad Alimentaria y Nutricional.

Química y Farmacia: Julia Aracelly González Puerta, Químico Farmacéutico, Magíster en Atención Farmacéutica y Toxicología.

Por otro lado, es necesario precisar que, con relación a la designación de los decanos de las facultades de Ciencias de la Educación y Ciencias Jurídicas, los procesos fueron suspendidos acatando fallos de tutela.

Josefa Cassiani, secretaria general de la institución, sostuvo que el Comité de Credenciales remitió la lista final acompañada de los soportes legales de los candidatos, quienes tuvieron 10 minutos para exponer su plan de gestión ante los miembros del Consejo Superior.

Según lo señalado en el artículo 57 del estatuto general, los decanos designados por el Consejo Superior cumplieron a cabalidad con los requerimientos exigidos y el voto favorable de por lo menos cinco (5) de sus integrantes con derecho a sufragar.