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Una vez quede sin efecto el Decreto Ejecutivo N° 411 de 31 de diciembre de 2020, que protege a aquellos inquilinos que hayan sido afectados en sus ingresos por la pandemia y no podían pagar el alquiler, los propietarios de inmuebles podrán demandar, proceder con desalojos y lanzamientos siempre que esté demostrado.

José Antonio Díaz, presidente de la Asociación de Propietarios de Inmuebles (API) explicó que los acuerdos de pago que están vigentes y al día se respetarán, pero los que se han incumplido o no han hecho arreglo de pago tendrán que pagar el alquiler que adeudan o desocupar o en el peor de los casos serán demandados.

"Nosotros en la asociación hablamos de que la morosidad habitacional estaba en más del 37%, en la parte comercial del 30%. El mercado se mantenía con un leve surgimiento", reveló el vocero de los arrendadores.

Durante la pandemia, se dieron mudanzas, intercambios y personas que optaron por no seguir alquilando y otros que se fueron a vivir con otros parientes para dejar el lugar a otra persona que sí podía pagar con normalidad.

Decretos

Según los arrendadores, los decretos aprobados durante la pandemia empeoraron el problema, mientras que ellos tenían que seguir haciendo frente a los compromisos y es por eso que muchos han quedado con altas tasas de morosidad.

Este decreto lo primero que hizo fue prohibir los desalojos y los trámites de lanzamientos, además tuvo una serie de prohibiciones para que los contratos que vencieron dentro del periodo no se podían renovar.

"Hay muchas personas que quieren que los alquileres no hay que pagarlos y ningún decreto establece que los cánones de arrendamiento se eliminen", detalló.

Sin incentivos

Díaz dijo que no hay incentivos para que se hagan más edificios de arrendamientos en Panamá, pero como está la situación es difícil.

La entrevista con el presidente de la Asociación de Propietarios de Inmuebles (API), José Antonio Díaz, se dio en el programa En Contexto. Puede revivirlo en VOD de Tigo Panamá.