Santiago Castro Gómez... genial.
El Estado Republicano frente al Estado Liberal:
La República bajo condiciones capitalistas no es más que una superchería.
Como dice J.M.Aragües, Adam Smith, Ricardo o Locke naturalizaron la propiedad privada, hicieron de la propiedad privada expresión de la esencia de la naturaleza humana, y la convirtieron en la piedra angular de la sociedad, estableciendo un vínculo entre trabajo y propiedad. Con esto dieron origen a la gran contradicción del liberalismo, que entiende que la propiedad deriva del trabajo de los sujetos, pero que niega a la inmensa mayoría de los sujetos la propiedad sobre el fruto de su trabajo y que, al mismo tiempo, erige en propietarios a quienes no desempeñan trabajo alguno productivo...
Para el marxismo, desde sus orígenes, el aparato del Estado no ha sido «nada más que» una herramienta de explotación y dominación de clase. Lógico que pensara en su extinción. Lo que interesa es plantear si el Estado puede ser el garante de la provisión de ciertos servicios esenciales y básicos...
Corresponde a la tradición republicana socialista el establecer en un rango de derechos fundamentales determinadas cuestiones materiales excluidas por principio por la tradición liberal (la necesidad de un sistema público de salud y educación, las garantías en el acceso a la vivienda, un mínimo de ingresos, etc.). Frente a la tradición liberal, la republicana y la socialista se niegan a desconectar la cuestión formal de las libertades de las condiciones materiales para su ejercicio.
Si la dificultad no está en el reconocimiento de estos derechos, sino en la falta de instituciones que lo garanticen, no es óbice para que ciertos juristas liberales, traten de defender que, si faltan estas instituciones, entonces es que no existe tal derecho. Si faltan las instituciones de garantía el derecho reclama que se cubran, es decir, la necesidad de intervenir con fuerza en cuestiones económicas a fin de obtener los recursos suficientes para proveer esos servicios.
Por supuesto la tradición liberal reacciona escandalizada al alegar que esos derechos entran necesariamente en contradicción con ese «derecho fundamental» que sería el de propiedad, el conjunto más básico de libertades a las que corresponde según ellos prioridad...Una intensa política fiscal (o nacionalizar ciertos sectores. Hoy incluso la teoria monetaria moderna niega la necesidad de esta fuerte redistribución fiscal ), por lo tanto, supondría una intromisión efectiva en el terreno de la propiedad privada.
La respuesta republicana es denunciar esa oposición engañosa e interesada en la que se basa el núcleo de la ideología liberal en lo relativo a la cuestión del Estado que se empeña en no distinguir entre derechos fundamentales y patrimoniales.
La discusión debe centrarse en qué considerar como derechos fundamentales y qué no.
Alguien puede tener un derecho de propiedad sobre las tierras de su familia, y puede tratarse de un derecho importante, pero no se puede pretender que la «propiedad-sobre-las-tierras-de-su-familia» constituya un derecho fundamental, pues se trata de un derecho que debe quedar subordinado al cumplimiento efectivo de los derechos fundamentales y, por lo tanto, debe poder ser sometido, por ejemplo, a un impuesto de patrimonio, si ello resulta necesario para atender a las exigencias que se hayan establecido constitucionalmente como derechos fundamentales que la República no puede dejar de atender (por ejemplo, garantizar el «derecho a la existencia» de la población como condición indispensable para su participación ciudadana) aunque exijan realizar interferencias en el espacio privado de la actividad económica.
A partir de aquí, cabría definir un Estado comunista y republicano como aquel en el que los derechos civiles, políticos y sociales básicos, que abarcan los aspectos sin los cuales no es posible una vida digna y de participación ciudadana (que implica hablar de los medios materiales necesarios para asegurar de un modo efectivo esos derechos fundamentales, de la gestión de los recursos necesarios para su ejecución: sanidad, educación, vivienda digna, garantía mínima de ingresos, etc.) no dependan del «impulso político» del juego de eventuales mayorías y minorías, o de un eventual gobierno socialista, sino que se hallen consagrados como tales derechos fundamentales.