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Flashback al #JuicioDrFlores

En Octubre 2012 se inicia una causa contra el Dr.Milton Flores por infracción al Art.8*, es decir cultivo sin permiso del SAG (Servicio Agricola y Ganadero). El Juicio desplegó en marzo 2013 una serie de peritajes y testimonios buscando instalar una nueva mirada alejada del paradigma prohibicionista que pretende centrar la discusión en sustancias y no en el ser humano y sus libertades consagradas.

Audio programa especial realizado por el entonces equipo del proyecto radial "Placeres Cannabicos" con cobertura #Insitu del juicio.

*LEY NUM. 20.000

SUSTITUYE LA LEY Nº 19.366, QUE SANCIONA EL TRAFICO ILICITO DE ESTUPEFACIENTES Y SUSTANCIAS SICOTROPICAS

Artículo 8º.- El que, careciendo de la debida autorización, siembre, plante, cultive o coseche especies vegetales del género cannabis u otras productoras de sustancias estupefacientes o sicotrópicas, incurrirá en la pena de presidio menor en su grado máximo a presidio mayor en su grado mínimo y multa de cuarenta a cuatrocientas unidades tributarias mensuales, a menos que justifique que están destinadas a su uso o consumo personal exclusivo y próximo en el tiempo, caso en el cual sólo se aplicarán las sanciones de los artículos 50 y siguientes.
Según la gravedad del hecho y las circunstancias personales del responsable, la pena podrá rebajarse en un grado.