• Carros eléctricos a prueba de pico y placa
Los vehículos eléctricos no tendrán restricción para circular, además, tendrán espacios preferentes en los sitios público de parqueo.
Art. 144
• Al trabajo en bici
Las entidades públicas y privadas, generarán planes de incentivos para sus empleados, a fin de fomentar el uso de la bici para su traslado.
Art. 145
• Descuento en el pago de tus multas
Las personas que paguen las multas de tránsito al término de 20 días, serán beneficiarias del 50 % de reducción del monto de la multa respectiva.
Art. 166
• Servicio comunitario para pagar tus multas
Los municipios podrán sustituir las multas derivadas de sus ordenanzas, por un número de horas de servicio comunitario.
• Cero aranceles para equipos de seguridad
El COMEX en el plazo de 3 meses fijará una tarifa arancelaria de 0% a la importación de todo tipo de equipo o prenda de seguridad para usuarios de vehículos.
Art. 169
• ¡Vamos a compartir el vehículo!
Los municipios y la empresa privada, ejecutarán planes, programas, proyectos e iniciativas de vehículo compartido entre los ciudadanos.
Art. 166
• Si compro un carro eléctrico, ¿en dónde lo recargo?
A los Municipios les corresponde planificar, aprobar proyectos, regular y controlar la instalación, operación y funcionamiento de puntos de recarga autosustentables para vehículos eléctricos.
Art. 166
• Vehículos seguros en todo el país
En 240 días la ANT emitirá un reglamento para que todo vehículo en el país cuente, al menos, con AirBags, sistema de frenos, antibloqueo, sistema de control de estabilidad, cinturones de seguridad de tres puntos en todas las plazas, sistema de retención infantil, sistema automático de encendido de luces y otros mecanismos para la reducción de los índices de mortalidad y lesiones.
Art. 169
• ¿A dónde van tus multas por alcocheck?
Con la nueva ley tus multas por alcoholemia se invertirán en protección del medio ambiente, promoción de la movilidad activa y sustentable, subsidios a equipos de seguridad vial y asistencia médica a las víctimas de siniestros de tránsito.
Art. 166
• El taxímetro en tu celular
El taxímetro digital será de uso obligatorio, los usuarios podrán tener acceso a la aplicación para comprobar que el cobro sea correcto.
Art. 166