El Pleno aprobó en la sesión celebrada el 24 de noviembre el expediente de modificación de crédito tras la sentencia del Juzgado de los Social por la que se condenó al Ayuntamiento a readmitir un trabajador despedido de la Televisión Municipal y en la posterior aprobación por Junta de Gobierno el 21 de noviembre de su readmisión a consecuencia de dicho fallo.
Es sorprendente que sein conocerse aún otras sentencias que debían recaer por idéntico motivo y por tanto sin aprobarse por Junta de Gobierno antes de la celebración del Pleno cuantía alguna, se determinen unas cantidades para formalizar este expediente por "analogía" con la única sentencia conocida hasta esa fecha, ya que el resto se comunicaron días después de celebrarse el Pleno.
Reclamación contra dicho expediente debido a que la implicación económica real no se conocía a la hora de aprobarse inicialmente. No puede corresponderse con la cuantía exacta y por ello la Concejalía debe modificar el expediente aprobado inicialmente para acomodar los datos económicos de las sentencias aprobadas posteriormente por Junta de Gobierno.