Según la normativa, quienes paguen el total de su impuesto adeudado hasta el 28 de julio de 2015, se beneficiarán con la condonación del 100% de intereses, multas y recargos. Mientras que, quienes cancelen su deuda entre el 29 de julio y el 9 de septiembre de 2015, se acogerán a la condonación del 50%.