A propósito del trámite en curso sobre el proyecto de ley estatutaria para la Jurisdicción Especial de Paz -JEP-, se ha abierto un debate acerca de si podría el Presidente de la República abstenerse de sancionarlo y proceder a objetarlo.
Ya la iniciativa pasó por el Congreso y fue objeto de revisión integral por la Corte Constitucional, que al respecto profirió sentencia.
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