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COMUNICADO DE PRENSA (24-03-2020)

Conforme la normativa vigente, en el Partido de General Villegas los Supermercados tienen la obligación de permanecer abiertos en el horario comprendido entre las 7 y las 20hs. Los demás comercios permitidos podrán funcionar en el mismo rango horario, excepto estaciones de servicioy farmacias que seguirán con su cronograma habitual.
Los comercios permitidos y/o excepcionados son:
Aquellos relacionados con la venta de alimentos: Supermercados, Comercios de Proximidad (almacenes, rotiserías, carnicerías, panaderías, etc.). El Deliberydealimentos, productos de higiene e insumos de necesidad hasta las 0:30 hs., excepto medicamentos y/o cuestiones de fuerza mayor.
Ferreterías,Veterinarias, Forrajearías, expendio de garrafas, limpieza, actividades y serviciosvinculados al agro (ventas de repuestos e insumos, talleres, lavaderos, etc.).
En el caso de las actividades exceptuadas de la producción, distribución y comercialización agropecuaria e impostergables vinculadas con el comercio exteriorrequieren para el tránsito:
Certificado para la circulación emitido por el empleador y/o contratante;
Los profesionales con matricula o constancia de cuit:
Productores con RENSPA o constancia de CUIT;
Los choferes con la respectiva carta de porte o la guía de traslado de hacienda.
Asimismo, se debe cumplir con los protocolos establecidos que garanticen las condiciones de seguridad e higiene.
Las recomendaciones o indicaciones fueron publicadas por la Secretaría de Producción y enviadas a todas las plantas de acopio, industrias y/o demás empresas de transporte de granos y hacienda.