El contrato de comisión mercantil es un contrato por el cual un comerciante (denominado comitente) le encarga a otro comerciante (denominado comisionista) realizar actos de comercio en su nombre (pueden ser actos de promoción o venta) a cambio de una remuneración (comisión). En el contrato de comisión mercantil no existe una relación de laboral entre el comitente y el comisionista, puesto que la remuneración que obtendrá el comisionista vendrá de las ventas realizadas por el comisionista de los productos y servicios ofertados por el comitente.