Una persona que tiene derecho pensional y nunca ha solicitado el reconocimiento, puede transcurrir mucho tiempo que la entidad administradora de pensiones debe proceder al reconocimiento. Lo anterior, por cuanto, el derecho a la Seguridad Social es de carácter imprescriptible e irrenunciable. --- Send in a voice message: https://anchor.fm/acalabsegsocial/message