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📃 Si nos llega un requerimiento de Hacienda -que puede ser de muchos tipos: comunicación informativa, requerimiento de terceros, embargos de créditos, inicio de investigación por inspección o expediente sancionador, entre otros- puede ser porque le falta información o la que se ha aportado, no es correcta. En cualquiera de los tipos citados, salvo la comunicación informativa, hay que responder. De lo contrario, nos expondremos a una multa. Normalmente, el plazo para dar respuesta es de 10 días, y se puede prorrogar otros 10 días.

➕Amplía la información en este post https://finanzas.roams.es/academia/declaracion-renta/requerimiento-hacienda/

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📩Si tienes dudas puedes escribirnos a biengastando@roams.es

🌐Una producción de Roams

🎙️Comunicadora: Beatriz Gallinas

✍🏻 Experto sobre finanzas en Roams: Pablo Vega

👨🏻‍💻Producción: Iván Patxi Gómez Gallego